El INAI ya no existe: qué cambia para el aviso de privacidad de tu escuela
Si el aviso de privacidad que firman las familias al inscribir a sus hijos todavía menciona al INAI, está citando a una autoridad que dejó de existir. En 2025 cambiaron tanto quién vigila la protección de datos personales en México como la ley que la regula, y eso sí le toca directamente a cualquier escuela privada que guarda datos de alumnos y familias.
Qué desapareció, y quién manda ahora
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) dejó de tener funciones el 21 de marzo de 2025, cuando entró en vigor la nueva Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares —publicada un día antes en el Diario Oficial de la Federación— y transfirió sus atribuciones sobre datos personales en manos de particulares (empresas, escuelas, cualquier institución privada) a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. La entrega se formalizó después: la propia Secretaría reporta que asumió el relevo de manera oficial el 9 de mayo de 2025. A diferencia de las funciones de transparencia y acceso a la información, que pasaron a un nuevo órgano desconcentrado —Transparencia para el Pueblo, creado para separar esas decisiones del Ejecutivo—, la protección de datos personales quedó bajo la responsabilidad directa de la propia Secretaría, sin un órgano autónomo de por medio.
Para una escuela privada esto no es un dato de curiosidad política: es el nombre que tiene que aparecer en el aviso de privacidad que se entrega a cada familia. Si el de tu escuela todavía dice INAI, está citando a una autoridad que ya no existe.
La ley también cambió, no sólo el nombre de quien vigila
El mismo 20 de marzo de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación una nueva Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, que dejó sin efecto la ley del mismo nombre que regía desde 2010. Entró en vigor al día siguiente. No es un ajuste cosmético: cambia qué tiene que decir el aviso de privacidad, cómo se pide el consentimiento de quien entrega sus datos, y a quién se le reclama si algo sale mal.
Qué exige ahora el aviso de privacidad
La ley distingue dos formas de aviso, en sus artículos 15 y 16. El aviso integral, que es el documento completo, tiene que identificar al responsable (la escuela, con su domicilio), las categorías de datos personales que trata señalando cuáles son sensibles, las finalidades del tratamiento distinguiendo las que necesitan el consentimiento de la familia de las que no, y el mecanismo para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. El aviso simplificado es la versión corta que se usa cuando los datos se recaban por un medio electrónico, por ejemplo un formulario de inscripción en línea: el artículo 16 remite a las primeras cuatro fracciones del artículo 15, así que también tiene que decir quién es el responsable, qué datos personales se van a tratar señalando cuáles son sensibles, para qué se van a usar, y qué opciones ofrece la escuela para limitar su uso o divulgación, además de decir dónde consultar el aviso integral completo.
Qué son los datos sensibles, y por qué tu escuela probablemente ya los tiene
El artículo 2 de la ley define como datos personales sensibles los que tocan la esfera más íntima de una persona, o cuyo mal uso puede causarle discriminación o un riesgo grave. Da ejemplos concretos: origen racial o étnico, estado de salud presente o futuro, información genética, creencias religiosas o filosóficas, opiniones políticas y preferencia sexual. Una ficha de inscripción escolar típica ya toca varios de estos puntos sin que nadie lo note: alergias e información médica del alumno, si la familia pertenece a determinada religión (relevante en escuelas confesionales), o convicciones que se piden en cuestionarios de admisión. Si tu escuela guarda algo de eso, la ley lo trata distinto de un simple nombre o teléfono.
El consentimiento: cuándo basta con no oponerse, y cuándo hace falta firma
El artículo 7 reconoce dos formas de consentimiento: el expreso, que se manifiesta de viva voz, por escrito, electrónicamente o por cualquier otra tecnología, y el tácito, que se da por válido cuando el aviso de privacidad ya se puso a disposición de la persona y ésta no se opone. Para los datos ordinarios, el aviso simplificado y el silencio de la familia pueden bastar. Pero el artículo 8 pone una excepción que a las escuelas les toca directo: el tratamiento de datos sensibles exige consentimiento expreso y por escrito, con firma autógrafa, electrónica o algún mecanismo de autenticación equivalente. Un cuestionario médico o de creencias religiosas que sólo se entrega sin pedir una firma aparte no cumple con esto.
Lo que sigue igual: los derechos de las familias
La desaparición del INAI no borró los derechos que tienen los padres de familia, o el propio alumno si es mayor de edad, sobre los datos que la escuela guarda de ellos. La ley los llama derechos ARCO —acceso, rectificación, cancelación y oposición— y los desarrolla en sus artículos 21 a 26: pueden pedir acceder a esos datos, corregirlos si están mal, pedir que se cancelen, u oponerse a que se usen para cierto fin. Lo que cambió es a quién se le presenta una queja si la escuela no atiende esa solicitud: ya no es el INAI, es la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Qué debe revisar tu escuela hoy
Cuatro cosas concretas, sin esperar a que llegue una queja. Primera: que el aviso de privacidad que firman las familias al inscribirse ya no mencione al INAI y cite a la autoridad correcta. Segunda: que distinga con claridad qué datos de los alumnos son sensibles —salud, religión, opiniones— y qué finalidades necesitan ese consentimiento explícito y por escrito que exige el artículo 8, no sólo la firma genérica del aviso. Tercera: revisar los formularios de inscripción y admisión para ver si piden algo sensible sin haberlo marcado como tal. Cuarta: que exista un mecanismo real, un correo o un formulario, para que una familia pueda ejercer sus derechos ARCO, y que alguien en la escuela sepa qué hacer cuando llegue esa solicitud.
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